HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTA N° 584: Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Jáchal, en Sesión Ordinaria de fecha dieciocho de julio del año dos mil.
VISTO:
Expte. N° 1876 letra “F” año 2.000, iniciado por el Concejal Dr. Dante Mauro Figueroa (h) elevando Proyecto de Ordenanza referido a la CREACIÓN DE LA BANDERA DEPARTAMENTAL.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario contar con un símbolo Departamental que identifique a los ciudadanos del Pueblo de Jáchal.
Que la Bandera engalanará cada edificio publico del Departamento, como la Municipalidad, sala de sesiones del Concejo Deliberante, Policía y Oficina de Correos.
Que se hace necesario la creación de este símbolo por que en ella se vería reflejada la idiosincrasia, tradición y costumbres del querido y añorado Pueblo de Jáchal.
CONCEJO DELIBERANTE DE JÁCHAL
Sanciona la siguiente
ORDENANZA 1600
ARTICULO N° 1: Autorizase al Poder Ejecutivo a crear la “BANDERA DEPARTAMENTAL” para todo el ámbito de competencia territorial y legal de la Municipalidad de Jáchal atento a que el Departamento de Jáchal no tiene Bandera Municipal.
ARTICULO N° 2: Autorizase a todas la Instituciones del medio a tenerla y exponerla en todo el ámbito Departamental, Provincial y Nacional.
ARTICULO N° 3: Autorizase al Departamento Ejecutivo a convocar a todas las escuelas del Departamento a participar en la Diagramación interna de la Bandera Departamental mediante un concurso público de todas ellas, donde la comisión evaluadora que creará a tal efecto el Poder Ejecutivo, elegirá el ganador.
ARTICULO N° 4: Un miembro del Honorable Concejo Deliberante integrará la comisión evaluadora.
ARTICULO N° 5: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la compra de tela y deás accesorios que la creación de la Bandera demande.
ARTICULO N° 6: Dispóngase que en todos los actos oficiales en Jáchal, habrá tres banderas engalanando las ceremonias: la Nacional, la de la Provincia de San Juan y la del Departamento de Jáchal.
ARTICULO N° 7: La Bandera de Jáchal al igual que la Bandera Nacional, también estará dividida en dos categorías: una para izar y la otra destinada para ceremonias. La primera por utilizarse en los mástiles al aire libre, será de poliéster, en cambio la segunda estará confeccionada en gros de seda natural.
ARTICULO N° 8: La Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Jáchal, elaborará la diagramación del concurso público.
ARTICULO N° 9: La Municipalidad de Jáchal extenderá una plaqueta al curso y a la escuela ganadora del concurso como así también un viaje a la ciudad de San Juan al curso ganador.
ARTICULO N° 10: Comuníquese, expídase copia y oportunamente archívese.